Fueron quince minutos largos, en que cada uno de los presentes se había ensimismado. Don Rubén se paseaba lentamente sin que se le ocurriera nada que pudiera hacer por el grupo. El grupo de los amigos de Juan lo había rodeado esperando que les explicara qué iba a hacer; pero él les dijo que debía pensar, y salió del terreno a caminar por el pasaje. Consuelo se había quedado sentada, indignada contra el mundo, pensando que tenían razón los que exigían una nueva Constitución elaborada por el pueblo.
Tomás Ignacio estaba en un dilema. ¿Debía o no hacer la propuesta que había pensado, pero que contradecía los principios jurídicos que le habían enseñado en la Escuela de Derecho?
Se fueron juntando nuevamente alrededor de la mesa. Cuando estuvieron todos el abogado tomó la palabra. Había vencido en él el deseo de mostrar sus habilidades como abogado por sobre sus principios que, sin embargo, debía declarar con claridad. Adoptado un tono menos doctoral que el que había mostrado en la primera parte de la reunión, un tono de neutral indiferencia, comenzó una larga exposición diciendo:
─Después de que les he planteado todos los problemas jurídicos que tiene la idea de la cooperativa propuesta por Juan y sus amigos, quiero exponerles que he pensado en una forma de sortear los problemas que les expliqué. Lo que les voy a explicar, en realidad va en contra de todo lo que aprendí en la Escuela de Derecho, y por lo tanto en contra de mis principios. Aunque les confieso que en mis trabajos en el bufete de abogados en que participo he aprendido que el oficio real de los abogados no es la aplicación de las leyes sino descubrir los resquicios que dejan legislaciones mal formuladas, e imaginar cómo se pueden esquivar las leyes sin sufrir las consecuencias.
Después de este preámbulo Juan y don Rubén se miraron, sorprendidos de lo que decía el abogado que, ambos por razones diferentes, habían catalogado como muy conservador y legalista.
─Hay una opción, que no atenta contra la legalidad vigente en el país, pero que tiene riesgos económicos, especialmente para don Rubén. Lo que se puede hacer, si ustedes quisieran sacar adelante de todas maneras el proyecto de Juan, es lo siguiente.
Hizo una pausa, tratando de apreciar el efecto que tenían sus palabras. Estaban todos expectantes. Ello le hizo adoptar nuevamente el aire doctoral anterior.
─Antes de decirles las soluciones que he pensado, y para que las comprendan bien, debo explicarles algo que es fundamental que se entienda. ¿Por qué las personas que quieren formar una empresa tienen que constituirla legalmente, adoptado alguna de las formas jurídicas existentes en la legislación?
Todos callaron. Juan y don Rubén entendieron que era una pregunta retórica, que no esperaba respuesta del auditorio sino que era un recurso de oratoria que se usaba a menudo para captar la atención de los oyentes. Pareció que Consuelo iba a proponer algo como respuesta; pero el abogado continuó.
─Hay tres razones, tres necesidades a las que responde la creación de una persona jurídica. La primera es para que, al establecer la empresa relaciones comerciales y de negocios con terceros, o sea con clientes y proveedores, tengan estos la seguridad jurídica de que firman un contrato válido y garantizado, y que existe un sujeto de derecho, lo que se llama una ‘persona jurídica’, que responda en caso de incumplimiento.
El abogado dejó tiempo para que sus oyentes, los dos que importaban según él, tuvieran tiempo para asimilar la idea. Continuó:
─La segunda razón es para cumplir las exigencias y regulaciones del Estado: pagar impuestos, tener derechos para operar, obtener permisos, presentar recursos ante la justicia, etc.
─La tercera razón, que no por mencionarla al último es menos importante que las anteriores, es la siguiente. Cuando se forma una sociedad hay que establecer con claridad las obligaciones y los derechos recíprocos entre los socios de la organización, y los de la organización con respecto a los socios, y viceversa. Si alguno no cumple, la entidad o la persona afectada pueden recurrir ante los tribunales y exigir que les cumplan según lo establecido en los estatutos de la sociedad y las leyes que rigen a éstas.
Silencio total. Solamente Juan empezaba a comprender hacia donde iba la explicación del abogado, que continuó:
─Lo que les voy a plantear no es muy ortodoxo, pero no es ilegal. Ustedes podrían hacer dos cosas diferentes, una para cumplir con las dos primeras necesidades, y otra para la tercera. Podrían crear una cooperativa conforme a la ley, como desean, pero muy simple, muy genérica, con muy poco capital, y con una normativa interna elemental que otorgue todos los poderes a un gerente. Esa persona jurídica cooperativa sería utilizada para los contratos que realicen con terceros en el mercado, y para cumplir con el Estado y sus exigencias.
Tomó aliento antes de continuar:
─Para la tercera función, o sea para reglar las relaciones y compromisos entre ustedes, se podría preparar un escrito y firmarlo ante Notario, en corformidad con todos los criterios y normas que han pensado o que les parezca apropiado establecer de común acuerdo. Es lo que se llama constituir una ‘sociedad de hecho’.
Después de dar un respiro que pareció un suspiro continuó:
─Este documento, contrato o sociedad de hecho, distinto a la cooperativa, tiene validez jurídica. Pero deben saber que en caso de conflicto entre ustedes será muy difícil que sirva para resolver los problemas que tengan conforme a derecho, porque no es una entidad reconocida, inscrita en el registro de comercio, con un número de rut, legalizada ante el Estado.
Tomó nuevo aliento y concluyó así su informe:
─Esto que les propongo es casi irresponsable de mi parte, porque conozco los egoísmos y conflictos que surgen siempre entre las personas, sobre todo en el campo de los negocios. Pero es algo que pueden hacer. Puede funcionar bien solamente entre personas que actúan con ética, en base a profundas convicciones morales, y que han establecido unas con otras mucha, mucha confianza.
Guardó silencio. Era evidente que Juan y su grupo estarían felices de esta solución; pero quien debía decir algo al respecto, a quien le correspondía decidir, era al dueño del sitio, don Rubén.
Don Rubén cerró los ojos. Se acariciaba la panza sin darse cuenta de lo que hacía. Reflexionaba. Pasaron dos, tres, cinco minutos de denso silencio. Finalmente abrió los ojos y poniendose de pié dijo:
─Tenemos muy pocos días para prepararlo todo, porque tengo vuelo a Australia el viernes de la próxima semana. Pongámonos a trabajar desde mañana a primera hora.
Juan extendió la mano a Tomás Ignacio, agradecido, y por primera vez se saludaron amistosamente.
El jueves de la semana siguiente se encontraron todos en la Notaría. Consuelo se había entusiasmado tanto que pidió ser socia, renunciando a su trabajo en la Municipalidad, que en verdad la tenía estresada a causa de tantos problemas que llegaba a conocer y de no poder hacer nada efectivo por esas personas sobre las que escribía las fichas. Todos estuvieron de acuerdo en aceptarla, de modo que las proporciones de participación cambiaron. Don Rubén quedó con 18.17 %, y 9.1 % cada uno de los otros nueve socios.
Se firmaron tres documentos: los Estatutos de la Cooperativa, el Acuerdo de Sociedad de Hecho, y el Poder que otorgaba don Rubén a Tomás Ignacio para que lo representara en ambas. De paso supieron todos que Juan en realidad era el segundo nombre de Juan Solojuán. Gerente de la empresa fue nombrado Juan, y Consuelo Tesorera y Secretaria. Hasta Tomás Ignacio se había entusiasmado y ofreció sus servicios profesionales gratuitos para completar los trámites de constitución de la cooperativa.
Habiendo quedado todo firmado y en orden, se fueron juntos a celebrar a la sede de la empresa, al fondo del pasaje, en que el mensaje escrito en el muro había sido reemplazado por otro que decía: ‘CONFIAR’ – EMPRESA COOPERATIVA DE TRABAJO ASOCIADO.